Términos de servicio

Condiciones Generales para el Suministro de Bienes

Se llama la atención del cliente en particular sobre las disposiciones de la cláusula 8.

 

 

  1. Interpretación
    Día laborable: un día que no sea sábado, domingo o festivo en Inglaterra, cuando los bancos de Londres están abiertos al público.
    1. Horas de trabajo: el período comprendido entre las 9.00 y las 17.00 horas de cualquier Día Hábil.
    2. Condiciones: los términos y condiciones establecidos en este documento y modificados periódicamente de conformidad con la cláusula 11.4.
    3. Contrato: el contrato entre el Proveedor y el Cliente para la compra y venta de los Bienes de acuerdo con estas Condiciones.
    4. Cliente: la persona o entidad que compra los Bienes al Proveedor.
    5. Evento de fuerza mayor: un evento, circunstancia o causa más allá del control razonable de una de las partes.
    6. Bienes: los bienes (o cualquier parte de ellos) establecidos en el Pedido.
    7. Orden: el pedido del Cliente de los Bienes, tal como se establece en el formulario de orden de compra del Cliente, la aceptación por parte del Cliente de la cotización del Proveedor, o al dorso, según sea el caso.
    8. Especificación: cualquier especificación de los Bienes según lo especificado en un Pedido aplicable.
    9. Proveedor: DWIR Limited (registrada en Inglaterra y Gales con número de empresa 12688528) t/a Soundbox.
      1. A persona incluye una persona física, jurídica o no constituida en sociedad (tenga o no personalidad jurídica separada).
      2. Una referencia a una parte incluye a sus sucesores y cesionarios permitidos.
      3. Una referencia a una legislación o disposición legislativa es una referencia a ella en su versión modificada o promulgada de nuevo. Una referencia a una legislación o disposición legislativa incluye toda la legislación subordinada dictada en virtud de esa legislación o disposición legislativa.
      4. Cualquier palabra que siga a los términos incluyendo, incluya, en particular, por ejemplo o cualquier expresión similar se interpretará como ilustrativa y no limitará el sentido de las palabras que preceden a esos términos.
      5. una referencia a escribiendo o escrito excluye fax y correo electrónico.

  2. Base del contrato
    1. Estas Condiciones se aplican al Contrato con exclusión de cualquier otro término que el Cliente busque imponer o incorporar, o que estén implícitos en la ley, costumbre comercial, práctica o curso de negocios.
    2. El Pedido constituye una oferta del Cliente para comprar los Bienes de acuerdo con estas Condiciones. El Cliente es responsable de garantizar que los términos del Pedido y cualquier Especificación aplicable sean completos y precisos.
    3. El Pedido se considerará aceptado cuando el Proveedor emita una aceptación por escrito del Pedido, momento en el que entrará en vigor el Contrato.
    4. El Cliente renuncia a cualquier derecho que pudiera tener de confiar en cualquier término respaldado, entregado o contenido en cualquier documento del Cliente que sea incompatible con estas Condiciones.
    5. Cualquier muestra, dibujo, material descriptivo o publicidad producido por el Proveedor y cualquier descripción o ilustración contenida en los catálogos o folletos del Proveedor se producen con el único propósito de dar una idea aproximada de los Bienes a los que se hace referencia en ellos. No formarán parte del Contrato ni tendrán fuerza contractual alguna.
    6. Una cotización de los Bienes proporcionada por el Proveedor no constituirá una oferta. Una cotización sólo será válida por un período de 14 días a partir de su fecha de emisión.

  3. Bienes
    1. Los Bienes se describen en el catálogo de ventas del Proveedor (modificado por una Especificación aplicable).
    2. El Proveedor se reserva el derecho de modificar la Especificación si así lo exige cualquier requisito legal o reglamentario aplicable, y el Proveedor deberá notificar al Cliente en tal caso.
  4. Entrega
    1. El Proveedor se asegurará de que cada entrega de los Bienes vaya acompañada de un albarán de entrega que muestre la fecha del Pedido, todos los números de referencia relevantes del Proveedor y el tipo y cantidad de los Bienes.
    2. El Proveedor entregará los Bienes en la ubicación establecida en el Pedido o en cualquier otro lugar que las partes acuerden (Lugar de Entrega) en cualquier momento después de que el Proveedor notifique al Cliente que los Bienes están listos.
    3. La entrega se completa al finalizar la descarga de los Bienes en el Lugar de Entrega.
    4. Las fechas indicadas para la entrega son únicamente aproximadas y la hora de entrega no es esencial. El Proveedor no será responsable de ningún retraso en la entrega de los Bienes causado por un Evento de Fuerza Mayor o por la falta de suministro por parte del Cliente al Proveedor de instrucciones de entrega adecuadas o cualquier otra instrucción que sea relevante para el suministro de los Bienes.
    5. Si el Proveedor no entrega los Bienes, su responsabilidad se limitará a los costos y gastos incurridos por el Cliente para obtener bienes de reemplazo de descripción y calidad similares en el mercado más barato disponible, menos el precio de los Bienes. El Proveedor no tendrá ninguna responsabilidad por la falta de entrega de los Bienes en la medida en que dicha falta sea causada por un Evento de Fuerza Mayor o por la falta del Cliente de proporcionar al Proveedor instrucciones de entrega adecuadas o cualquier otra instrucción que sea relevante para el suministro de los Bienes. Bienes.
    6. Si el Cliente no recibe los Bienes dentro de los 3 (tres) Días hábiles posteriores a que el Proveedor notifique al Cliente que los Bienes están listos, entonces, excepto cuando dicha falla o demora sea causada por un Evento de fuerza mayor o el incumplimiento por parte del Proveedor con sus obligaciones bajo el Contrato con respecto a los Bienes:
      1. la entrega de los Bienes se considerará completada a las 9:00 am del tercer Día Hábil después del día en que el Proveedor notificó al Cliente que los Bienes estaban listos; y
      2. el Proveedor almacenará los Bienes hasta que se realice la entrega real y cobrará al Cliente todos los costos y gastos relacionados (incluido el seguro).
    7. Si 10 (diez) días hábiles después del día en que el Proveedor notificó al Cliente que los Bienes estaban listos para su entrega, el Cliente no los ha recibido, el Proveedor podrá revender o disponer de otra manera de parte o de todos los Bienes y, después de deducir los costos razonables de almacenamiento y venta, contabilizar al Cliente cualquier exceso sobre el precio de los Bienes o cobrarle al Cliente cualquier déficit por debajo del precio de los Bienes.
    8. El Proveedor podrá entregar los Bienes a plazos, los cuales se facturarán y pagarán por separado. Cada cuota constituirá un contrato separado. Cualquier retraso en la entrega o defecto en una entrega no dará derecho al Cliente a cancelar cualquier otra entrega.

  5. Calidad
    1. El Proveedor garantiza que en el momento de la entrega, y por (i) un período de 60 meses a partir de la fecha de entrega con respecto al marco externo, (ii) un período de 24 meses a partir de la fecha de entrega con respecto a cualquier pieza eléctrica y ( iii) un período de 12 meses con respecto a todos y cualesquiera otros componentes (en cada caso, respectivamente, el Período de Garantía), los Bienes deberán:
      1. se ajusten en todos los aspectos materiales a su descripción y a cualquier especificación aplicable.
      2. estar libre de defectos materiales en diseño, material y mano de obra; y
      3. ser de calidad satisfactoria (según el significado de la Ley de Venta de Bienes de 1979).
    2. Sujeto a la cláusula 5.3, si:
      1. el Cliente notifica por escrito al Proveedor durante el Período de Garantía dentro de un tiempo razonable después de descubrir que algunos o todos los Bienes no cumplen con la garantía establecida en la cláusula 5.1;
      2. se le brinda al Proveedor una oportunidad razonable de examinar dichos Bienes; y
      3. el Cliente (si el Proveedor se lo solicita) devuelve dichos Bienes al lugar de negocios del Proveedor a costo del Cliente,
      4. el Proveedor deberá, a su elección, reparar o reemplazar los Bienes defectuosos (o las partes defectuosas relevantes de ellos), o reembolsar el precio de los Bienes defectuosos en su totalidad.
    3. El Proveedor no será responsable del incumplimiento de los Bienes con la garantía establecida en la cláusula 5.1 si:
      1. el Cliente haga cualquier uso posterior de dichos Bienes después de notificarlo de conformidad con la cláusula 5.2;
      2. el defecto surge porque el Cliente no siguió las instrucciones orales o escritas del Proveedor en cuanto al almacenamiento, puesta en servicio, instalación, uso y mantenimiento de los Bienes o (si no existen) las buenas prácticas comerciales con respecto a los mismos;
      3. el defecto surge como resultado de que el Proveedor siga cualquier dibujo, diseño o especificación proporcionada por el Cliente;
      4. el Cliente altera o repara dichos Bienes sin el consentimiento por escrito del Proveedor;
      5. el defecto surge como resultado del desgaste normal, daño intencional, negligencia o condiciones anormales de almacenamiento o trabajo; o
      6. los Bienes difieren de su descripción y de cualquier Especificación aplicable como resultado de cambios realizados para garantizar que cumplan con los requisitos legales o reglamentarios aplicables.
    4. Salvo lo dispuesto en esta cláusula 5, el Proveedor no tendrá ninguna responsabilidad ante el Cliente con respecto al incumplimiento de los Bienes con la garantía establecida en la cláusula 5.1.
    5. Los términos implícitos en las secciones 13 a 15 de la Ley de Venta de Bienes de 1979 están, en la máxima medida permitida por la ley, excluidos del Contrato.
    6. Estas Condiciones se aplicarán a cualquier Bien reparado o reemplazado suministrado por el Proveedor.

  6. Título y riesgo
    1. Sujeto a la cláusula 6.2, el riesgo de los Bienes pasará al Cliente al finalizar la entrega.
    2. La propiedad de los Bienes no pasará al Cliente hasta que el Proveedor reciba el pago completo (en efectivo o fondos compensados) por los Bienes.
    3. Hasta que la propiedad de los Bienes haya pasado al Cliente, el Cliente deberá:
      1. almacenar los Bienes por separado de todos los demás bienes en poder del Cliente para que sigan siendo fácilmente identificables como propiedad del Proveedor;
      2. no eliminar, desfigurar u oscurecer ninguna marca de identificación o embalaje en o relacionado con los Productos;
      3. mantener los Bienes en condiciones satisfactorias y mantenerlos asegurados contra todo riesgo por su precio total desde la fecha de entrega;
      4. notificar al Proveedor inmediatamente si está sujeto a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 9.1(b) a la cláusula 9.1(d); y
      5. Proporcionar al Proveedor la información que el Proveedor pueda solicitar razonablemente de vez en cuando en relación con:
        1. los bienes; y
        2. la situación financiera actual del Cliente.
    4. En cualquier momento antes de que la propiedad de los Bienes pase al Cliente, el Proveedor puede exigir al Cliente que entregue todos los Bienes en su posesión y, si el Cliente no lo hace con prontitud, ingresar a cualquier local del Cliente o de cualquier tercero donde se encuentren los Bienes. Las mercancías se almacenan con el fin de recuperarlas.

  7. Precio y pago
    1. El precio de los Bienes será el precio establecido en el Pedido o, si no se cotiza ningún precio, el precio establecido en la lista de precios publicada por el Proveedor vigente en la fecha de entrega.
    2. El Proveedor podrá, notificando al Cliente en cualquier momento hasta 5 (cinco) Días Hábiles antes de la entrega, aumentar el precio de los Bienes para reflejar cualquier aumento en el costo de los Bienes que se deba a:
      1. cualquier factor fuera del control del Proveedor (incluidas las fluctuaciones cambiarias, aumentos de impuestos y derechos, y aumentos de mano de obra, materiales y otros costos de fabricación);
      2. cualquier solicitud por parte del Cliente para cambiar las fechas de entrega, las cantidades o los tipos de Bienes solicitados, o las Especificaciones; o
      3. cualquier retraso causado por instrucciones del Cliente o por no haber proporcionado al Proveedor información o instrucciones adecuadas o precisas.
    3. El precio de los Bienes:
      1. excluye los importes relacionados con el impuesto al valor agregado (IVA), que el Cliente además estará obligado a pagar al Proveedor al tipo vigente, sujeto a la recepción de una factura con IVA válida; y
      2. excluye los costos y cargos de embalaje, seguro, transporte e instalación (cuando corresponda) de los Bienes, que serán facturados al Cliente.
    4. Salvo que el Proveedor acuerde lo contrario por escrito, el pago de los Bienes debe realizarse antes de la entrega, como se detalla en el Pedido, a la cuenta bancaria designada por escrito por el Proveedor y el tiempo de pago será la esencia del Contrato.
    5. Si el Cliente no realiza el pago adeudado al Proveedor en virtud del Contrato antes de la fecha de vencimiento, entonces, sin limitar los recursos del Proveedor según la cláusula 9, el Cliente deberá pagar intereses sobre la suma vencida desde la fecha de vencimiento hasta el pago de la suma vencida. , ya sea antes o después del juicio. Los intereses según esta cláusula 7.6 se acumularán cada día al 4% anual por encima de la tasa base del Banco de Inglaterra de vez en cuando, pero al 4% anual durante cualquier período en el que esa tasa base sea inferior al 0% y el Proveedor pueda suspender la entrega de los Bienes hasta que el pago se haya realizado en su totalidad.
    6. Todos los montos adeudados en virtud del Contrato se pagarán en su totalidad sin ninguna compensación, reconvención, deducción o retención (aparte de cualquier deducción o retención de impuestos según lo exige la ley).

  8. Limitación de responsabilidad
    1. Las referencias a responsabilidad en esta cláusula 8 incluyen todo tipo de responsabilidad que surja bajo o en conexión con el Contrato, incluida la responsabilidad contractual, agravio (incluida la negligencia), tergiversación, restitución o de otro tipo.
    2. Nada en el Contrato limita ninguna responsabilidad que no pueda limitarse legalmente, incluida la responsabilidad por:
      1. muerte o lesiones personales causadas por negligencia;
      2. fraude o tergiversación fraudulenta;
      3. incumplimiento de los términos implícitos en el artículo 12 de la Ley de Venta de Bienes de 1979; o
      4. productos defectuosos según la Ley de Protección al Consumidor de 1987.
    3. Sujeto a la cláusula 8.3, la responsabilidad total del Proveedor ante el Cliente en virtud de este Contrato no excederá el precio total de los Bienes.
    4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 8.3, quedan totalmente excluidos los siguientes tipos de pérdidas:
      1. pérdida de beneficios;
      2. pérdida de ventas o negocios;
      3. pérdida de acuerdos o contratos;
      4. pérdida de ahorros previstos;
      5. pérdida de uso o corrupción de software, datos o información;
      6. pérdida o daño del fondo de comercio; y
      7. pérdida indirecta o consecuente.
    5. Esta cláusula 8 sobrevivirá a la terminación del Contrato.

  9. Terminación
    1. Sin limitar sus otros derechos o recursos, el Proveedor puede rescindir este Contrato con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Cliente si:
      1. el Cliente comete un incumplimiento sustancial de cualquier término del Contrato y (si dicho incumplimiento es remediable) no lo soluciona dentro de los 10 (diez) Días Hábiles de haber sido notificado por escrito para hacerlo;
      2. el Cliente toma cualquier paso o acción en relación con su entrada en administración, liquidación provisional o cualquier acuerdo o acuerdo con sus acreedores (que no sea en relación con una reestructuración solvente), la obtención de una moratoria, la liquidación (ya sea voluntariamente o por orden del tribunal, a menos que sea con el propósito de una reestructuración solvente), haber designado un síndico para cualquiera de sus activos o dejar de realizar negocios o, si el paso o la acción se toma en otra jurisdicción, en conexión con cualquier procedimiento análogo en la jurisdicción relevante ;
      3. el Cliente suspende, amenaza con suspender, cesa o amenaza con dejar de realizar todo o una parte sustancial de su negocio; o
      4. la situación financiera del Cliente se deteriora hasta el punto de justificar razonablemente la opinión de que su capacidad para dar efecto a los términos del Contrato está en peligro.
    2. Sin limitar sus otros derechos o recursos, el Proveedor puede suspender el suministro de los Bienes en virtud del Contrato o cualquier otro contrato entre el Cliente y el Proveedor si el Cliente queda sujeto a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 9.1(b) a la cláusula 9.1( d), o el Proveedor cree razonablemente que el Cliente está a punto de quedar sujeto a cualquiera de ellos, o si el Cliente no paga cualquier monto adeudado en virtud de este Contrato en la fecha de vencimiento del pago.
    3. Sin limitar sus otros derechos o recursos, el Proveedor puede rescindir el Contrato con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Cliente si el Cliente no paga cualquier monto adeudado en virtud del Contrato en la fecha de vencimiento del pago.
    4. Al rescindir el Contrato por cualquier motivo, el Cliente pagará inmediatamente al Proveedor todas las facturas impagas e intereses pendientes del Proveedor y, con respecto a los Bienes suministrados pero para los cuales no se ha presentado factura, el Proveedor deberá presentar una factura, que será pagadero por el Cliente inmediatamente después de su recepción.
    5. La terminación o expiración del Contrato, cualquiera que sea su origen, no afectará ninguno de los derechos y recursos de las partes que se hayan acumulado al momento de la terminación o expiración, incluido el derecho a reclamar daños y perjuicios con respecto a cualquier incumplimiento del Contrato que existiera en o antes de la fecha de terminación o caducidad.
    6. Cualquier disposición del Contrato que expresa o implícitamente tenga la intención de entrar o continuar en vigor a partir de la terminación o vencimiento del Contrato permanecerá en pleno vigor y efecto.

  10. Fuerza mayor
    1. Ninguna de las partes incumplirá el Contrato ni será responsable de ningún otro modo por ningún incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones si dicho retraso o incumplimiento resulta de un Evento de fuerza mayor. El plazo para el cumplimiento de tales obligaciones se ampliará en consecuencia. Si el período de retraso o incumplimiento se prolonga por 4 (cuatro) meses, la parte no afectada podrá resolver el Contrato mediante aviso escrito con 30 días de antelación a la parte afectada.
  11. General
    1. Cesión y otros tratos.
      1. El Proveedor podrá en cualquier momento ceder, transferir, hipotecar, gravar, subcontratar, delegar, declarar un fideicomiso o negociar de cualquier otra manera con todos o cualquiera de sus derechos u obligaciones bajo el Contrato.
      2. El Cliente no podrá ceder, transferir, hipotecar, gravar, subcontratar, delegar, declarar un fideicomiso o negociar de cualquier otra manera cualquiera o todos sus derechos u obligaciones en virtud del Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor.
    2. Confidencialidad.
      1. Cada parte se compromete a no revelar, en ningún momento durante el Contrato y durante un período de dos años después de la terminación o vencimiento del Contrato, a ninguna persona ninguna información confidencial relativa a los negocios, activos, asuntos, clientes o proveedores de la otra parte, excepto lo permitido por la cláusula 11.2(b).
      2. Cada parte puede revelar la información confidencial de la otra parte:
        1. a sus empleados, funcionarios, representantes, contratistas, subcontratistas o asesores que necesiten conocer dicha información a los efectos de ejercer los derechos de la parte o llevar a cabo sus obligaciones en virtud del Contrato. Cada parte deberá garantizar que sus empleados, funcionarios, representantes, contratistas, subcontratistas o asesores a quienes revela información confidencial de la otra parte cumplan con esta cláusula 11.2; y
        2. según lo requiera la ley, un tribunal de jurisdicción competente o cualquier autoridad gubernamental o reguladora.
      3. Ninguna de las partes utilizará la información confidencial de la otra parte para ningún propósito que no sea el de ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones en virtud del Contrato o en relación con él.
    3. Acuerdo completo.
      1. El Contrato constituye el acuerdo completo entre las partes.
      2. Cada parte reconoce que al celebrar el Contrato no se basa en ninguna declaración, representación, seguridad o garantía (ya sea hecha de manera inocente o negligente) que no esté establecida en el Contrato. Cada parte acepta que no tendrá ningún reclamo por tergiversación inocente o negligente o declaración errónea negligente basada en cualquier declaración en el Contrato.
    4. Variación. Ninguna variación de este Contrato será efectiva a menos que se haga por escrito y esté firmada por las partes (o sus representantes autorizados).
    5. Exención.
      1. Salvo lo establecido en la cláusula 2.4, una renuncia a cualquier derecho o recurso solo es efectiva si se realiza por escrito y no se considerará una renuncia a ningún derecho o recurso posterior.
      2. Una demora o falta de ejercicio, o el ejercicio único o parcial de cualquier derecho o recurso no renunciará a ese ni a ningún otro derecho o recurso, ni impedirá o restringirá el ejercicio posterior de ese o cualquier otro derecho o recurso.
    6. Ruptura. Si cualquier disposición o parte del Contrato es o pasa a ser inválida, ilegal o inaplicable, se considerará eliminada, pero eso no afectará la validez y aplicabilidad del resto del Contrato. Si alguna disposición del Contrato se considera eliminada según esta cláusula 11.6, las partes negociarán de buena fe para acordar una disposición sustitutiva que, en la mayor medida posible, logre el resultado comercial previsto de la disposición original.
    7. Avisos.
      1. Cualquier notificación dada a una parte en virtud del Contrato o en relación con él se realizará por escrito y deberá:
        1. entregado en mano o por correo prepago de primera clase u otro servicio de entrega al siguiente día hábil en su domicilio social (si es una empresa) o su lugar principal de negocios (en cualquier otro caso).
      2. Cualquier notificación se considerará recibida:
        1. si se entrega en mano, al momento de dejar el aviso en el domicilio correspondiente;
        2. si se envía por correo prepago de primera clase u otro servicio de entrega el siguiente día hábil, a las 9:00 a. m. del segundo día hábil después de la publicación.
      3. Esta cláusula no se aplica a la notificación de ningún procedimiento u otros documentos en cualquier acción legal o, cuando corresponda, cualquier arbitraje u otro método de resolución de disputas.
    8. Derechos de terceros. El Contrato no da lugar a ningún derecho en virtud de la Ley de Contratos (Derechos de Terceros) de 1999 para hacer cumplir cualquier término del Contrato.
    9. Ley que rige. El Contrato, y cualquier disputa o reclamación (incluidas disputas o reclamaciones no contractuales) que surjan de o en conexión con él o su objeto o formación, se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes de Inglaterra y Gales.
    10. Jurisdicción. Cada parte acepta irrevocablemente que los tribunales de Inglaterra y Gales tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa o reclamo (incluidas disputas o reclamos no contractuales) que surjan de o en conexión con el Contrato o su objeto o formación.